
El Real Decreto establece que podrán percibir la renta básica de emancipación todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos: una edad comprendida entre los 22 años cumplidos y hasta cumplir los 30 años, ser titulares del contrato de arrendamiento de la vivienda en la que residan con carácter habitual y permanente, y disponer de una fuente regular de ingresos que les reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros.
Las ayudas se pondrán en marcha en colaboración con las comunidades autónomas, que serán las encargadas de gestionar y tramitar las ayudas, mientras que el Gobierno central será el encargado de realizar los pagos a los beneficiarios.
Los jóvenes podrán solicitar la ayuda mientras buscan piso y tendrán un plazo de tres meses, desde que se les reconozca el derecho provisional a la prestación, para presentar un contrato de alquiler.
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